noviembre 22, 2024

COLECTIVA ILE ANUNCIA DESPENALIZACIÓN DEL ABORTO EN SLP

La Colectiva ILE anunció que el pasado 23 de septiembre, el Juzgado Tercero de Distrito del Noveno Circuito emitió una sentencia que despenaliza la interrupción voluntaria del embarazo dentro de las primeras 12 semanas de gestación y contó con el acompañamiento legal del Colectivo Praxis Combativa.

A pesar del paro en el Poder Judicial de la Federación, el caso siguió su curso al considerarse de carácter urgente. La sentencia declara inconstitucionales varios artículos de la Constitución Política de San Luis Potosí y del Código Penal del estado, ordenando al Poder Legislativo modificar dichas disposiciones. Además, la entidad Potosina se convierte en la número 19 en despenalizar el aborto.

Los colectivos involucrados destacaron que, aunque la despenalización del aborto ya es un hecho, es necesario que el Congreso de San Luis Potosí reforme la Ley de Salud para garantizar la disponibilidad, accesibilidad y calidad del servicio. La Colectiva ILE y el Colectivo Praxis Combativa señalaron que, desde el pasado 23 de septiembre, las mujeres y personas gestantes ya no pueden ser sancionadas por interrumpir su embarazo, pero advirtieron que podrían surgir dificultades para acceder al servicio mientras se implementan las reformas necesarias. Ambos colectivos ofrecen asesoría gratuita para asegurar el acceso a la interrupción legal del embarazo y prevenir riesgos durante el proceso de adaptación del sistema de salud.

En la sentencia, el juez consideró que el plazo de 12 semanas es razonable para que las mujeres y personas gestantes puedan reflexionar íntimamente sobre su decisión, recibir asesoría médica y psicológica, y, en su caso, llevar a cabo la interrupción legal del embarazo. Además, señaló que el tipo penal que castiga el aborto afecta directamente la libertad reproductiva, anulando el derecho a decidir sobre la maternidad al considerar un delito la decisión de interrumpir el embarazo en cualquier momento.

Asimismo, el juez determinó que los artículos impugnados de la Constitución de San Luis Potosí y del Código Penal local vulneran el derecho a decidir, afectando la dignidad, autonomía y desarrollo personal de las mujeres y personas gestantes. Destacó que al calificar el aborto como delito, se refuerzan roles de género que imponen la maternidad como destino obligatorio, lo que perpetúa la desigualdad y genera violencia de género. Por ello, se declaró la inconstitucionalidad de estos artículos y se otorgó el amparo, ordenando al Congreso Local quien debe dictaminar a más tarde el próximo 26 de noviembre.

Por: Cristopher Galván