enero 23, 2025

PADRES QUE CUMPLAN CON PENSIÓN ALIMENTICIA, PODRÁN RECUPERAR LA POTESTAD DE SUS HIJOS

En reunión de la Comisión Segunda de Justicia de la LXIV Legislatura, se aprobó el dictamen que reforma el artículo 293 bis al Código Familiar del Estado de San Luis Potosí, en relación a los requisitos para la recuperación de la patria potestad en menores de edad.La diputada Jessica Gabriela López Torres, presidenta de esta comisión legislativa, señaló que con esta modificación se integran reglamentaciones para que quien haya cumplido con las disposiciones requeridas en cumplimiento de sus deberes alimentarios, pueda recuperar la patria potestad de su menor hijo.De esta manera, se establece que quien perdió la patria potestad por el abandono de sus deberes alimentarios, la podrá recuperar, siempre y cuando la recuperación de la patria potestad suponga un beneficio en favor del menor; compruebe que ha cumplido con ésta obligación por más de un año; otorgue garantía anual de cumplimiento; no represente ningún peligro o riesgo para el niño, niña, o adolescente; y demuestre solvencia para el cumplimiento de sus obligaciones, mediante un estudio socioeconómico y cualquier otro dato de prueba que el juez considere pertinente; dichos estudios serán realizados por personal del poder judicial, de instituciones públicas o peritos particulares.“Lo que se plantea es que exista un reglamento para regresar la patria potestad a quien la había perdido, esto lo vimos procedente porque como legisladores tenemos que ver en conjunto por el interés superior del menor, atendiendo a este precepto, es un derecho de niñas y niños y al cumplir con este pago y estas condiciones, se estaría restituyendo la patria potestad”, indicó la legisladora. Reiteró que la reforma busca amparar ante todo supuesto el interés superior del menor a la hora de adoptarse cualquier medida judicial sobre el mismo, así como que los menores puedan tener una sana convivencia y relación con sus progenitores, de conformidad con lo que prevé el principio del interés superior del niño o niña, entendido como un conjunto de acciones y procesos tendientes a garantizar un desarrollo integral y una vida digna, así como las condiciones materiales y afectivas que les permitan vivir plenamente y alcanzar el máximo de bienestar posible.El dictamen se presentará al pleno próximamente para su votación.