julio 1, 2026

Comisión de Igualdad aprueba reforma para incorporar interseccionalidad en ley de igualdad en San Luis Potosí

La Comisión de Igualdad de Género del Congreso del Estado de San Luis Potosí aprobó un dictamen que reforma la Ley para la Igualdad entre Mujeres y Hombres, con el objetivo de integrar el concepto de interseccionalidad como un elemento jurídico que fortalezca las políticas públicas en materia de igualdad y no discriminación.

La diputada Roxanna Hernández Ramírez, presidenta de la comisión, informó que la iniciativa fue promovida por la legisladora María Dolores Robles Chairez y plantea modificaciones a los artículos 5, 8, 9, 11, 14, 19, 25, 29 y 31 de dicha legislación.

Como parte del análisis, se propone reformar las fracciones XIII y XIV del artículo 5, así como la fracción I del artículo 8, con el propósito de fortalecer la visión de la igualdad de género mediante una perspectiva multidimensional que permita reconocer la concurrencia de diversos factores que pueden generar discriminación entre las personas.

La legisladora señaló que la iniciativa parte del reconocimiento de que la interseccionalidad describe la discriminación basada en múltiples motivos que pueden presentarse de manera simultánea, concepto que surgió para atender las limitaciones existentes al analizar casos donde convergen distintos factores de desigualdad, como el género y la raza.

Hernández Ramírez destacó que las y los integrantes de la Comisión de Igualdad de Género coincidieron en la importancia de incorporar este concepto en la legislación estatal, ya que permitirá visibilizar cómo diversas formas de discriminación y desigualdad pueden afectar de manera diferenciada a determinados grupos o personas.

Agregó que contar con una definición de interseccionalidad en la ley contribuirá a fortalecer la elaboración de políticas públicas y la implementación de medidas judiciales más eficaces para prevenir y combatir la discriminación desde un enfoque integral.

El dictamen aprobado será turnado al Pleno del Congreso del Estado para su votación correspondiente.