Diputada propone cárcel para padres que abandonen a mujeres embarazadas en San Luis Potosí
La diputada Sara Rocha Medina presentó una iniciativa en el Congreso del Estado de San Luis Potosí para reformar el artículo 204 Quater del Código Penal estatal, con el objetivo de sancionar con prisión y multas al padre biológico que abandone a una mujer durante el embarazo, siempre que cuente con recursos materiales y económicos para su subsistencia.
La propuesta establece penas de uno a cinco años de prisión y multas de 150 a 500 veces el valor diario de la Unidad de Medida y Actualización (UMA) para quienes, pese a tener capacidad económica, abandonen a la mujer gestante, generándole una situación de vulnerabilidad y riesgo que afecte su integridad física, emocional y social. La iniciativa fue turnada a la Comisión Primera de Justicia para su análisis y dictamen.
En la exposición de motivos, la legisladora señaló que las mujeres embarazadas suelen sufrir violencia por parte de su cónyuge o familia, la cual muchas veces pasa desapercibida por ocurrir en el ámbito familiar y por factores culturales que dificultan su denuncia. El abandono durante el embarazo, agregó, puede provocar estrés, depresión postnatal y complicaciones físicas, afectando tanto a la madre como al feto, e incrementando la vulnerabilidad de la mujer con riesgos obstétricos y psicológicos.
Rocha Medina destacó que la irresponsabilidad del padre biológico al abandonar a la mujer embarazada conlleva afectaciones económicas, sociales, emocionales y psicológicas durante y después del parto, que la afectada debe enfrentar sola al carecer de apoyo social. «Debemos tener en cuenta como sociedad, como gobierno, como Estado en general que el abandono de mujeres embarazadas no es solo un acto de irresponsabilidad individual, sino una manifestación de violencia de género y estructural, con implicaciones legales y sociales significativas», afirmó.
El texto reformado del artículo 204 Quater quedaría de la siguiente manera: «El padre biológico que, a pesar de contar con recursos materiales y económicos a su disposición para subsistencia, abandone a la mujer en estado de embarazo, generándole una situación de vulnerabilidad y riesgo que afecte su integridad física, emocional y social, se le impondrá de uno a cinco años de prisión y multa de ciento cincuenta a quinientas veces el valor diario de la Unidad de Medida y Actualización».
Además, la iniciativa contempla un incremento de hasta un tercio en la pena mínima y máxima si el abandono deriva en lesiones o pone en riesgo la salud de la mujer embarazada o del producto. También se obliga al infractor a garantizar la reparación integral de los daños físicos, materiales y psicológicos a las víctimas, mediante asistencia y ayuda especializada.
