Congreso de San Luis Potosí endurece penas por abigeato y amplía protección a criaderos avícolas y productores pecuarios
El Pleno del Congreso del Estado de San Luis Potosí aprobó un paquete de reformas al Código Penal estatal con el objetivo de incluir a los criaderos avícolas dentro del concepto de ganado, cualquiera que sea su explotación y fin zootécnico, y de incrementar la pena mínima de prisión por el delito de abigeato. Con esta determinación, la sanción mínima de cárcel pasa de dos a cuatro años, mientras que la sanción pecuniaria mínima sube de doscientos a cuatrocientos días del valor de la Unidad de Medida y Actualización, lo que representa un castigo notablemente más severo para quienes cometen este delito patrimonial en territorio potosino.
La diputada Leticia Vázquez Hernández, presidenta de la Comisión Primera de Justicia que dictaminó la iniciativa, explicó que la reforma responde a una demanda legítima de los productores del campo, quienes durante años han señalado que las sanciones vigentes resultaban insuficientes frente a la dimensión del daño causado. La legisladora subrayó que el abigeato constituye un delito patrimonial que afecta particularmente a los productores rurales, generando impactos económicos y sociales profundos en las comunidades dedicadas a la actividad pecuaria, por lo que era indispensable actualizar el marco jurídico para ofrecer una protección real y efectiva a este sector estratégico de la entidad.
El decreto también contempla un endurecimiento de las consecuencias para los servidores públicos que participen en estos actos ilícitos. Cuando en la comisión del delito intervenga alguna autoridad con atribuciones en materia ganadera, además de las sanciones previstas en el artículo anterior, el responsable será acreedor a la destitución de su cargo y quedará inhabilitado para ejercer empleos, cargos o comisiones en el servicio público por un periodo que va de dos hasta seis años. Con ello se busca cerrar la puerta a la complicidad institucional que, en muchos casos, facilita la operación de las bandas dedicadas al robo de ganado.
La protección alcanza ahora a un espectro más amplio de actividades productivas, pues además del ganado bovino, porcino, ovino, caprino y equino, el catálogo incluye colonias de abejas en colmenares, colonias de peces en criaderos acuícolas y a los avicultores. Esto significa que también se ven afectados los apicultores, acuacultores y productores de aves, quienes ahora cuentan con un respaldo jurídico explícito. La diputada enfatizó que la protección de estas actividades resulta relevante para el desarrollo del sector agropecuario de San Luis Potosí, ya que muchas familias dependen directamente de ellas para su subsistencia y para la economía de sus regiones.
Finalmente, se detalló que el decreto reforma los artículos 237 en sus párrafos segundo y tercero, 240 en su párrafo segundo, 240 BIS y 242 en su fracción V, además de adicionar el artículo 241 BIS del Código Penal del Estado de San Luis Potosí. Con estas modificaciones, el Congreso local envía un mensaje claro de cero tolerancia hacia el robo de ganado y de respaldo decidido a los hombres y mujeres del campo potosino que diariamente sostienen la producción alimentaria de la entidad.
