CONGRESO DE SLP APRUEBA REFORMAS PARA AMPLIAR LAS CIRCUNSTANCIAS QUE CONFIGURAN EL DELITO DE FEMINICIDIO
#Congreso La Comisión Primera de Justicia avaló cambios al Código Penal para incluir nuevos contextos de violencia, vínculos con la víctima y condiciones de vulnerabilidad.
En reunión de trabajo, la Comisión Primera de Justicia del Congreso del Estado aprobó reformas al Código Penal en el delito de feminicidio, a fin de ampliar y actualizar las circunstancias para catalogar dicha conducta, por razones de género.
La legisladora María Leticia Vázquez Hernández, presidenta de esta comisión legislativa, señaló que de acuerdo al Código Penal del Estado, el feminicidio es la privación de la vida de una mujer por razones de género, atendiendo a diversas circunstancias.
Por ello, se busca desagregar dentro de estas circunstancias los vínculos afectivos, sentimentales o de confianza, como parentesco, matrimonio, concubinato, noviazgo, cohabitación, sociedad de convivencia, amistad, del vínculo de subordinación o superioridad; ampliar los antecedentes de violencia a los ámbitos comunitario, institucional, político, digital, mediático y religioso, además de admitir antecedentes no denunciados.
También se incluyen agresiones de cualquier tipo, intimidación, hostigamiento, lesiones, y de violencia política; en la fracción relativa a la exposición del cuerpo de la víctima, se establecen también las modalidades de entierro u ocultamiento, así como lugares privados además de los públicos ya establecidos.
Se establece el estado de indefensión o desprotección real de la víctima, como embarazo, edad, discapacidad, dependencia de cuidados, o consumo de sustancias.
En el dictamen se incluye el que la víctima haya sido reportada como desaparecida u objeto de búsqueda por sus familiares, por particulares o por autoridades, previamente a la localización de su cuerpo o restos.
En cuanto a la penalidad, se mantiene la sanción de cuarenta a sesenta años de prisión, y sanción pecuniaria de cuatro mil a seis mil días del valor de la unidad de medida y actualización.
La legisladora Vázquez Hernández explicó que se establece que la pena por este delito se incrementará hasta en una tercera parte de su mínimo y máximo, cuando: exista pluralidad de sujetos activos en la comisión del delito; el delito se cometa en contextos de trata de personas o explotación sexual en agravio de la víctima, o cuando el delito se cometa en presencia de una o más personas con quienes la víctima tuviere un vínculo de parentesco, afectivo o de confianza; además, cuando la víctima sea niña o adolescente.
El dictamen se turnará al pleno para su votación.
