Vinculan a proceso a ex pareja por el delito de discriminación en San Luis Potosí
Un juez de control de San Luis Potosí vinculó a proceso a Juan N. por el probable delito de discriminación, en una audiencia celebrada el 30 de julio de 2026, tres años después de que su ex pareja, María N., lo denunciara por hechos contemplados en el artículo 186 del Código Penal del Estado de San Luis Potosí. La determinación judicial fue emitida luego de que el impartidor de justicia escuchara los argumentos de los agentes de la Fiscalía Especializada de la Mujer, la Familia y Delitos Sexuales y analizara cada uno de los datos de prueba presentados por la parte acusadora, tras lo cual concluyó que existían elementos suficientes para continuar con el proceso penal en contra del imputado.
Este caso representa un verdadero precedente en el Estado porque el delito de discriminación no solo se acredita a las personas servidoras públicas, sino también a particulares, como es este caso. El procedimiento se originó por una querella presentada el 24 de julio de 2023 por María N., quien sostuvo que su entonces pareja incurrió en conductas discriminatorias en su contra. La vinculación a proceso refleja la actualización de los criterios jurídicos locales, que ahora permiten perseguir este tipo de conductas cuando son cometidas entre personas sin vínculo laboral con el servicio público, ampliando así el alcance de la protección legal para las víctimas.
De acuerdo con las actualizaciones de la legislación, este delito se castiga con prisión, de seis meses a tres años o sanción económica de sesenta a trescientos días del valor de la Unidad de Medida y Actualización (UMA). Como medida cautelar, se le prohibió a Juan N. convivir, acercarse o comunicarse con María N. durante el desarrollo del procedimiento. La imposición de dicha restricción busca proteger la integridad y la seguridad de la denunciante mientras se desahogan las etapas procesales correspondientes.
Si bien la vinculación a proceso no significa que se haya demostrado la culpabilidad de Juan N., la responsabilidad penal deberá determinarse conforme avance el proceso judicial. Es importante recordar que el imputado goza de la presunción de inocencia y que serán las autoridades judiciales las encargadas de valorar las pruebas ofrecidas por ambas partes antes de emitir una sentencia definitiva. En caso de que se acredite el delito, el señalado podría enfrentar las penas previstas en el Código Penal del Estado.
El caso abre un parteaguas en las relaciones personales en San Luis Potosí, pues envía un mensaje claro sobre las consecuencias legales de las conductas discriminatorias en el ámbito privado. Organizaciones defensoras de derechos humanos señalaron que este tipo de resoluciones fortalece el acceso a la justicia para las mujeres y visibiliza que la discriminación puede presentarse en cualquier espacio, incluso dentro de una relación de pareja. La sociedad potosina deberá seguir de cerca la evolución de este asunto, cuyo desenlace podría marcar la pauta para futuras denuncias y para la forma en que las parejas se relacionan y resuelven sus conflictos.
