junio 26, 2026

San Luis Potosí endurece castigos contra encubrimiento de delitos sexuales y trata

El Congreso del Estado de San Luis Potosí aprobó reformas al Código Penal local para eliminar la exención de responsabilidad a familiares que encubran delitos sexuales, trata de personas u homicidio de menores. La medida busca cerrar espacios de impunidad y fortalecer la protección a las víctimas.

La reforma modifica el artículo 283 del Código Penal del Estado, que hasta ahora permitía que cónyuges, concubinos, ascendientes, descendientes o colaterales hasta segundo grado quedaran exentos de sanción si albergaban, ocultaban o ayudaban al inculpado de un delito, siempre que no hubieran participado directamente en el hecho.

Con los cambios aprobados, estas excluyentes de responsabilidad no aplicarán cuando se trate de feminicidio, homicidio de persona menor de edad, delitos contra la libertad sexual, la seguridad sexual y el normal desarrollo psicosexual, difusión ilícita de imágenes, incesto o delitos en materia de trata de personas establecidos en la Ley General para Prevenir, Sancionar y Erradicar los Delitos en Materia de Trata de Personas.

La diputada Leticia Vázquez Hernández, presidenta de la Comisión Primera de Justicia, explicó que las modificaciones responden a una necesidad real de eliminar mecanismos normativos que generan impunidad, especialmente en delitos cometidos en entornos de confianza o con vínculos familiares con el agresor.

La legisladora señaló que la reforma es congruente con el bloque de constitucionalidad y con el principio de progresividad, ya que el Congreso local ya había dado pasos firmes al restringir las excluyentes de encubrimiento en el delito de feminicidio. Ahora se amplía dicha restricción a todos los delitos sexuales, el homicidio de menores y la trata de personas.

«No se puede proteger la unidad familiar a costa de la integridad física y mental de sus integrantes más vulnerables», afirmó Vázquez Hernández durante la sesión del Pleno.