agosto 15, 2026

BUSCAN PONER EN ORDEN LA LEY DEL MEZCAL

#Congreso El diputado Tomás Zavala González propuso actualizar la legislación estatal para corregir una referencia normativa desfasada y homologar la definición del mezcal con la norma federal vigente, con el objetivo de brindar certeza jurídica, proteger al consumidor y fortalecer la identidad y calidad del producto potosino.

El diputado Tomás Zavala González presentó dos iniciativas de reforma a la Ley del Mezcal para el Estado de San Luis Potosí, para actualizar la Norma Oficial Mexicana que rige esta actividad y para definir con claridad esta bebida.

En la primera propuesta se establece que la Ley del Mezcal para el Estado de San Luis Potosí fue publicada en el Periódico Oficial el 18 de septiembre de 2018, sin embargo, en la definición se plantea que la Ley atenderá lo dispuesto a la NOM-070-SCFI-1994, por lo cual se colocó en las definiciones de la misma, pero no es óbice mencionar que, dicha Norma fue abrogada por la NOM-070- SCFI-2016 publicada en el Diario Oficial de la federación en fecha 22 de febrero de 2017.

Es decir, que desde que la ley fue creada existió un error de fundamentación pues la Norma Oficial que debe seguirse desde esa fecha es la NOM-070-SCFI-2016 y no la NOM-070-SCFI-1994. Cabe señalar que en el Quinto Transitorio de la NOM-070-SCFI-2016, se señala de manera clara lo siguiente: Quinto. La presente norma oficial mexicana cancela a la NOM070-SCFI-1994, publicada en el Diario Oficial de la Federación el 12 de junio de 1997, una vez que entre en vigor.

Es decir, que cuando fue referida en nuestra legislación local dicha norma no tenía vigencia razón por la que debe ser corregido dicho error y actualizar la misma, por lo cual y con el objeto de corregir dicha situación es preciso actualizar la porción normativa correspondiente.

La reforma señala: IX. NOM: Norma Oficial Mexicana, NOM-070-SCFI-2016, Bebidas Alcohólicas Mezcal-Especificaciones, norma que establece las características y especificaciones que debe cumplir la bebida alcohólica destilada denominada Mezcal para su producción, envasado y comercialización.

En la segunda iniciativa, el diputado Zavala González señala que el numeral tercero en su fracción VIII de la Ley del Mezcal para el Estado de San Luis Potosí, define el mezcal de la siguiente manera: “líquido de olor y sabor de acuerdo con su tipo obtenido por destilación de una planta de maguey; es una bebida alcohólica protegida con la denominación de origen dentro del territorio mexicano”.

Sin embargo, carece de precisión respecto de lo que se entiende por mezcal en sentido amplio, aunado a que no se homologa con la NOM-070-SCFI-2016, en la cual la definición es mucho más amplia y precisa la cual a la letra dice: “Mezcal: Bebida alcohólica destilada mexicana, 100 % de maguey o agave, obtenida por destilación de jugos fermentados con microorganismos espontáneos o cultivados, extraídos de cabezas maduras de magueyes o agaves cocidos, cosechados en el territorio comprendido por la resolución.

Es un líquido de aroma y sabor derivado de la especie de maguey o agave empleado, así como del proceso de elaboración; diversificando sus cualidades por el tipo de suelo, topografía, clima, agua, productor autorizado, maestro mezcalero, graduación alcohólica, microorganismos, entre otros factores que definen el carácter y las sensaciones organolépticas producidas por cada Mezcal.

El mezcal puede ser añadido de edulcorantes, colorantes, aromatizantes y/o saborizantes permitidos por el Acuerdo correspondiente de la Secretaría de Salud; por lo que para efectos de comprender de manera adecuada lo que se entiende en nuestra legislación por “mezcal” y con el objeto de regular adecuadamente su producción y comercialización, es necesario armonizar dicho contenido.

Puntualizó que una definición adecuada es una promesa de honestidad que le garantiza al consumidor que lo que está en su copa es, en efecto, el destilado de agaves cocidos en hornos de piedra, fermentado con la levadura del aire de su comunidad y destilado con el cariño del maestro mezcalero, y nos garantiza el mantener y defender nuestra identidad y la calidad de nuestro producto en este caso el mezcal.

Las iniciativas se turnaron a la Comisión de Desarrollo Económico y Social para su estudio y dictamen.