agosto 1, 2026

Propuesta legislativa incorpora la revictimización en la ley para proteger mejor a las mujeres en San Luis Potosí

La diputada Roxanna Hernández Ramírez presentó una iniciativa para adicionar la fracción XXI al artículo 3º de la Ley de Acceso de las Mujeres a una Vida Libre de Violencia del Estado de San Luis Potosí, con el objetivo de incorporar el concepto de revictimización en el marco jurídico estatal. Esta propuesta busca fortalecer la protección de los derechos de las víctimas desde una perspectiva de género, garantizando que los procesos de denuncia, atención e impartición de justicia no generen daños adicionales a quienes ya han sufrido violencia. La legisladora destacó que la medida es fundamental para consolidar un modelo de atención integral, digno y respetuoso, especialmente para mujeres, niñas, niños y adolescentes que se encuentran en contextos de especial vulnerabilidad.

La iniciativa define la revictimización como el conjunto de acciones u omisiones, intencionales o no, que reproducen, agravan o prolongan el daño sufrido por una persona que ya ha sido víctima de un delito, de una violación a sus derechos humanos o de una situación de violencia. Este fenómeno puede presentarse cuando las conductas provienen de autoridades, instituciones, medios de comunicación o del entorno social durante los procesos de denuncia, atención, investigación, juzgamiento o difusión de un caso. La revictimización se manifiesta mediante prácticas como tratos indignos, descalificación o culpabilización de la víctima, lo que afecta su dignidad y obstaculiza el ejercicio pleno de sus derechos. Con esta propuesta, se armoniza el marco jurídico estatal con el principio de victimización secundaria previsto en el artículo 5 de la Ley General de Víctimas, que prohíbe imponer mecanismos o procedimientos que agraven la condición de la víctima.

Adicionalmente, la diputada señaló que el uso del término revictimización se plantea como un equivalente conceptual al de victimización secundaria, sin modificar el alcance de la legislación general. El objetivo es reforzar la obligación del Estado de garantizar procesos de atención y acceso a la justicia libres de prácticas que reproduzcan, prolonguen o profundicen el sufrimiento originalmente causado. La adición permitirá cerrar vacíos interpretativos que actualmente posibilitan conductas que afectan nuevamente a las víctimas, y consolidará un sistema de protección más sólido. La iniciativa fue turnada a las comisiones Primera de Justicia e Igualdad de Género del Congreso del Estado para su análisis y posterior dictamen.