Congreso de SLP aprueba reformas para sancionar el abandono y proteger a personas adultas mayores
El Pleno del Congreso del Estado de San Luis Potosí aprobó un paquete de reformas con el propósito de procurar la protección de las personas adultas mayores, sancionar el abandono y resguardar su dignidad, salud, integridad y patrimonio. Las modificaciones establecen que el abandono de personas adultas mayores será perseguido de oficio y sancionan actos de discriminación, explotación, violencia, despojo y afectaciones a su patrimonio, además de garantizarles el acceso a la educación digital.
A propuesta de la diputada Jacquelinn Jauregui, se aprobó el Decreto que adiciona el artículo 204 TER al Código Penal del Estado de San Luis Potosí, para establecer que el delito de abandono se perseguirá de oficio cuando la víctima sea niña, niño o adolescente, persona adulta mayor o persona con discapacidad.
De acuerdo con el planteamiento de la reforma, con estas modificaciones se atiende una problemática real relacionada con la imposibilidad material de determinadas víctimas para denunciar, lo que fortalece la intervención oportuna del Estado ante situaciones de riesgo y contribuye a evitar la impunidad en conductas que afectan la vida, la integridad y la dignidad de niñas, niños y adolescentes, personas con discapacidad y personas adultas mayores.
De manera paralela, se aprobaron reformas a diversos artículos de la Ley de las Personas Adultas Mayores para el Estado de San Luis Potosí, con el fin de evitar que cualquier persona, ya sea que forme parte de la familia o no, realice actos de discriminación, abuso, explotación, aislamiento o conductas que tengan por efecto forzar, presionar o inducir a ejecutar actos de mendicidad, trabajos forzados o actividades que atenten contra su dignidad o su salud física o mental, así como cualquier tipo de violencia contra la persona adulta mayor.
Las reformas también abarcan cualquier acción u omisión que implique riesgo, menoscabo o afectación a la integridad personal, la dignidad, los ingresos, los bienes o el patrimonio de las personas adultas mayores, tales como el despojo, la retención indebida de recursos, la suplantación de identidad o la celebración de actos jurídicos que vulneren sus derechos. Todo acto que configure alguna de estas conductas deberá denunciarse de inmediato ante la autoridad competente, quien deberá activar los mecanismos de protección, investigación y restitución de derechos que resulten procedentes.
Además, las reformas aprobadas establecen que las personas adultas mayores tengan acceso a la educación digital. Con estas modificaciones, el Congreso del Estado busca reforzar el marco legal vigente en la materia y ampliar los mecanismos de protección previstos para este sector de la población.
