agosto 8, 2026

DIPUTADA BUSCA CASTIGAR A DEUDORES QUE OCULTEN BIENES O SIMULEN INSOLVENCIA EN SLP

#Congreso La iniciativa de la diputada María Dolores Robles Chairez plantea sancionar a quienes evadan deliberadamente sus obligaciones alimentarias y a terceros que colaboren para ocultar o transferir bienes, con penas de hasta tres años de prisión y multas de hasta 300 UMA.

La diputada María Dolores Robles Chairez presentó la iniciativa de reforma al Código Penal del Estado de San Luis Potosí, con el objetivo de fortalecer las medidas contra quienes evadan deliberadamente sus obligaciones alimentarias y sancionar la participación de terceras personas que colaboren para impedir su cumplimiento.

La reforma busca cerrar espacios de impunidad mediante la incorporación de disposiciones que permitan identificar y sancionar conductas encaminadas a colocar de manera intencional al deudor alimentario en una situación de insolvencia, así como aquellas acciones realizadas con apoyo de terceros para ocultar o transferir bienes.

Explicó que la propuesta se desarrolla en dos vertientes principales: establecer de manera objetiva determinadas conductas evasivas del deudor alimentario y penalizar la coparticipación de terceras personas que, con conocimiento de la obligación existente, contribuyan a impedir su cumplimiento.

La diputada María Dolores Robles Chairez destacó que la modificación busca brindar mayores herramientas jurídicas para proteger el derecho de niñas, niños y demás personas acreedoras alimentarias, evitando que maniobras de carácter patrimonial sean utilizadas para obstaculizar el cumplimiento de las obligaciones establecidas por la autoridad judicial.

Señaló que existen casos en los que los deudores alimentarios recurren a actos jurídicos o materiales que aparentemente pueden ser lícitos, pero que tienen como finalidad eludir sus responsabilidades. Entre estas prácticas se encuentran la renuncia voluntaria a empleos estables, la solicitud de licencias sin goce de sueldo durante periodos relacionados con procesos familiares y la transferencia de bienes a familiares o personas de confianza que actúan como titulares aparentes.

Con esta iniciativa se busca establecer que comete el delito de incumplimiento de las obligaciones de asistencia familiar quien se coloque intencionalmente en estado de insolvencia con el propósito de eludir el cumplimiento de las obligaciones alimentarias establecidas por la ley.

La legislación establecerá que, salvo prueba en contrario, se presumirá dicha intención cuando el deudor, sin causa justificada, renuncie a su empleo o solicite licencia sin goce de sueldo, cuando este constituya su único o principal medio para obtener ingresos.

Asimismo, se establecen sanciones para quienes, durante un proceso judicial o existiendo una resolución firme, enajenen intencionalmente de manera parcial o total sus bienes con la finalidad de eludir obligaciones alimentarias.

De igual manera, se sancionará a quienes, teniendo conocimiento de la existencia de una obligación alimentaria o de un proceso judicial en curso, ayuden al deudor a ocultar bienes, acepten figurar como titulares aparentes de estos o realicen actos jurídicos simulados con el propósito de evitar que se cumplan las obligaciones alimentarias.

Para estas conductas se contempla una sanción de seis meses a tres años de prisión, además de una sanción pecuniaria de 60 a 300 días del valor de la Unidad de Medida y Actualización (UMA).

La iniciativa fue turnada a la Comisión Primera de Justicia para su análisis y dictamen correspondiente.